Sí. Según la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) todas las personas que tengan un un inmueble en propiedad están obligadas a pagar de forma periódica una serie de gastos -conocidos como gastos ordinarios.
Los gastos ordinarios son, como decimos, de pago obligatorio, dedo que permiten el correcto mantenimiento de las zonas comunes de la comunidad de propietarios. Dependiendo de lo que estipulen los estatutos de la comunidad, éstos se pagarán de forma mensual, trimestral o anual, periódicamente.
Fuente: Fotocasa.es
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